Las asociaciones de criadores de razas puras deberán ostentar la llevanza del Libro Genealógico de su raza para el ámbito del Territorio histórico de Bizkaia. b) Que su domicilio social y fiscal radique en el ámbito territorial de Bizkaia c) Que su objeto social esté vinculado o relacionado con la defensa y representación de los intereses de los sectores ganadero y/o agrario. d) Que no tengan finalidad lucrativa
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